PLANTEO
Si un contribuyente declaro un bien en una vieja declaración, por ejemplo 2010 y lo hizo “desaparecer” de 2011 en adelante, o sea que mintió en sus declaraciones posteriores a 2010. ¿Cómo lo regulariza?, ¿por blanqueo o por moratoria?
NORMATIVA
Ley 27260
Art 89: admite que se pueda acceder concurrentemente a blanqueo y a moratoria.
Art 52: entran en moratoria las “obligaciones vencidas” al 31-5-16
Decreto 895 restringe:
Art 17: “obligaciones vencidas” no incluye las que se “rectifiquen” después del 31-5-16 y que tengan como fin “exteriorizar activos”
Art.26: No es de aplicación la moratoria en la medida que se trata de “tenencias y bienes a ser exteriorizados”
RG 3920 AFIP admite
Art 2: Pueden incluirse en moratoria las obligaciones vencidas al 31-5-16 y enumera cuáles se considera “obligaciones vencidas”
Resolución 3935 AFIP admite.
Art 1: agrega un nuevo inciso (m) al Art 2 de la RG 3920 las obligaciones de declaraciones “originarias” (entendemos “originales”) presentadas después del 31-5-16 por periodos fiscales vencidos.
Interpretamos que se trata de quien declaró un bien en un año anterior (ejemplo: 2010) y luego no presento más nada, o sea que no mintió, simplemente no presento las declaraciones siguientes, entonces ahora se le da oportunidad de hacerlo presentando “originales” (no rectificativas) después del 31-5-16.
En este caso no se aplican las restricciones de los Art 17 y 26 del Dto.895 y puede entrar en moratoria.
CONCLUSIÓN
Pero quien “mintió” en las últimas declaraciones (ejemplo: 2011,2012,2013,2014 y2015) omitiendo un bien, aunque en una anterior (2010) haya declarado el bien, si, está limitado por los Art 17 y 26 del Dto.895, por lo tanto, no puede ir por moratoria, (para lo que debería rectificar los años mal declarados y eso no esta admitido) Debe entonces ir por el blanqueo, ya que se trata de un bien omitido.
C.A.B.A., 29-09-2016
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