Estudio Balonas

Una particular situacion del blanqueo y/o moratoria ley 27260

 

PLANTEO

Si un contribuyente declaro un bien en una vieja declaración, por ejemplo 2010 y lo hizo “desaparecer” de 2011 en adelante, o sea que mintió en sus declaraciones posteriores a 2010. ¿Cómo lo regulariza?, ¿por blanqueo o por moratoria?

NORMATIVA

Ley 27260

Art 89: admite que se pueda acceder concurrentemente a blanqueo y a moratoria.
Art 52: entran en moratoria las “obligaciones vencidas” al 31-5-16

Decreto 895 restringe:

Art 17: “obligaciones vencidas” no incluye las que se “rectifiquen” después del 31-5-16 y que tengan como fin “exteriorizar activos”
Art.26: No es de aplicación la moratoria en la medida que se trata de “tenencias y bienes a ser exteriorizados”

RG 3920 AFIP admite

Art 2: Pueden incluirse en moratoria las obligaciones vencidas al 31-5-16 y enumera cuáles se considera “obligaciones vencidas”

Resolución 3935 AFIP admite.

Art 1: agrega un nuevo inciso (m) al Art 2 de la RG 3920 las obligaciones de declaraciones “originarias” (entendemos “originales”) presentadas después del 31-5-16 por periodos fiscales vencidos.

Interpretamos que se trata de quien declaró un bien en un año anterior (ejemplo: 2010) y luego no presento más nada, o sea que no mintió, simplemente no presento las declaraciones siguientes, entonces ahora se le da oportunidad de hacerlo presentando “originales” (no rectificativas) después del 31-5-16.

En este caso no se aplican las restricciones de los Art 17 y 26 del Dto.895 y puede entrar en moratoria.

CONCLUSIÓN

Pero quien “mintió” en las últimas declaraciones (ejemplo: 2011,2012,2013,2014 y2015) omitiendo un bien, aunque en una anterior (2010) haya declarado el bien, si, está limitado por los Art 17 y 26 del Dto.895, por lo tanto, no puede ir por moratoria, (para lo que debería rectificar los años mal declarados y eso no esta admitido) Debe entonces ir por el blanqueo, ya que se trata de un bien omitido.

C.A.B.A., 29-09-2016

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