Estudio Balonas

Retención Impuesto a las Ganancias (A partir del 01/06/2018)

Alícuotas y mínimos aplicables para los pagos que se realicen desde el 1/6/2018 s/RG (AFIP) 4245 – BO: 16/5/2018

 

Código de régimen

Conceptos sujetos a retención

% a retener

Montos no sujetos a retención

Inscriptos

No inscrip.

Inscriptos(a)

19

Anexo II, inciso a) punto 1)

Intereses por operaciones realizadas en entidades financieras. Ley 21526 y sus modificaciones o agentes de bolsa o mercado abierto.

3%

10%

21

Anexo II, inciso a) punto 2)

Intereses originados en operaciones no comprendidas en el punto 1.

6%

25%/28%(e)

5.000

30

Anexo II, inciso b) punto 1)

Alquileres o arrendamientos de bienes muebles.

6%

25%/28%(e)

7.120

31

Anexo II, inciso b) punto 2)

Bienes inmuebles urbanos, incluidos los efectuados bajo la modalidad de leasing -incluye suburbanos-.

32

Anexo II, inciso b) punto 3)

Bienes inmuebles rurales, incluidos los efectuados bajo la modalidad de leasing -incluye subrurales-.

35

Anexo II, inciso c)

Regalías

6%

25%/28%(e)

5.000

43

Anexo II, inciso d)

Interés accionario, excedentes y retornos distribuidos entre asociados, cooperativas, -excepto consumo-.

51

Anexo II, inciso e)

Obligaciones de no hacer, o por abandono o no ejercicio de una actividad.

78

Anexo II, inciso f)

Enajenación de bienes muebles y bienes de cambio.

2%

10%

142.400

86

Anexo II, inciso g)

Transferencia temporaria o definitiva de derechos de llave, marcas, patentes de invención, regalías, concesiones y similares.

110

Anexo II, inciso h)

Explotación de derechos de autor (L. 11723).

s/escala

28%

50.000(**)

10.000

94

Anexo II, inciso i)

Locaciones de obra y/o servicios no ejecutados en relación de dependencia no mencionados expresamente en otros incisos.

2%

25%/28%(e)

42.700

25

Anexo II, inciso j)

Comisiones u otras retribuciones derivadas de la actividad de comisionista, rematador, consignatario y demás auxiliares de comercio a que se refiere el inciso c) del artículo 49 de la ley de impuesto a las ganancias, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones.

s/escala

28%

10.700

116

Anexo II, inciso k)

Honorarios de director de sociedades anónimas, síndico, fiduciario, consejero de sociedades cooperativas, integrante de consejos de vigilancia y socios administradores de las sociedades de responsabilidad limitada, en comandita simple y en comandita por acciones.

s/escala

28%

42.700(b)

116

Anexo II, inciso k)

Profesionales liberales, oficios, albacea, mandatario, gestor de negocio.

s/escala

28%

10.700

124

Anexo II, inciso k)

Corredor, viajante de comercio y despachante de aduana.

En todos los casos, con las salvedades mencionadas en dicho inciso.

95

Anexo II, inciso l)

Operaciones de transporte de carga nacional e internacional.

0,25%

25%/28%(e)

42.700

53

Anexo II, inciso m)

Operaciones realizadas por intermedio de mercados de cereales a término que se resuelvan en el curso del término (arbitrajes) y de mercados de futuros y opciones.

0,50%

2%

55

Anexo II, inciso n)

Distribución de películas. Transmisión de programación. Televisión vía satelital.

111

Anexo II, inciso ñ)

Cualquier otra cesión o locación de derechos, excepto las que correspondan a operaciones realizadas por intermedio de mercados de cereales a término que se resuelvan en el curso del término (arbitrajes) y de mercados de futuros y opciones.

112

Anexo II, inciso o)

Beneficios provenientes del cumplimiento de los requisitos de los planes de seguro de retiro privados administrados por entidades sujetas al control de la Superintendencia de Seguros de la Nación, establecidos por el inciso d) del artículo 45 y el inciso d) del artículo 79, de la ley de impuesto a las ganancias, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones -excepto cuando se encuentren alcanzados por el régimen de retención establecido por la RG 2437, sus modif. y complementarias-.

3%

3%

10.700

113

Anexo II, inciso p)

Rescates -totales o parciales- por desistimiento de los planes de seguro de retiro a que se refiere el inciso o), excepto que sea de aplicación lo normado en el artículo 101 de la ley de impuesto a las ganancias, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones.

(c)

Intereses por eventuales incumplimientos de las operaciones excepto las indicadas en los incisos a) y d).

De acuerdo a tabla para cada inciso

(d)

Pagos realizados por cada administración descentralizada fondo fijo o caja chica. artículo 27, primer párrafo.

0,50%

1,50%

15.700

779

Anexo II, inciso q)

Subsidios abonados por los Estados Nacional, Provinciales, municipales o el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Ares, en concepto de enajenación de bienes muebles y bienes de cambio, en la medida que una ley general o especial no establezca la exención de los mismos en el impuesto a las ganancias.

2%

10%

48.400

780

Anexo II, inciso r)

Subsidios abonados por los Estados Nacional, Provinciales, municipales o el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en concepto de locaciones de obra y/o servicios, no ejecutados en relación de dependencia, en la medida que una ley general o especial no establezca la exención de los mismos en el impuesto a las ganancias.

2%

25%/28%(e)

20.000

 

Retención mínima: inscriptos: $ 150 y no inscriptos: $ 650 para alquileres o arrendamientos de bienes inmuebles urbanos y $ 150 para el resto de los conceptos sujetos a retención.

(a) Cuando los beneficiarios sean no inscriptos en el impuesto no corresponderá considerar monto no sujeto a retención, excepto cuando se trate de los conceptos de códigos de régimen 112 y 113 que deberá considerarse para beneficiarios inscriptos y no inscriptos.

(b) Se deberá computar un solo monto no sujeto a retención sobre el total del honorario o de la retribución asignados.

(c) Los intereses por eventuales incumplimientos se encuentran sujetos a las mismas tasas y mínimos aplicables al concepto generador de tales intereses, excepto incisos a) y d).

(d) De acuerdo al código de régimen asignado al concepto que se paga.

(e) La alícuota a aplicar será del 28% si se trata de personas humanas y sucesiones indivisas, y del 25% para el resto de los sujetos.

 

ESCALAS APLICABLES

 

Importes

Retendrán

Más de $

A $

$

Más el %

s/exc. de $

5.000

5%

5.000

10.000

250

9%

5.000

10.000

15.000

700

12%

10.000

15.000

20.000

1.300

15%

15.000

20.000

30.000

2.050

19%

20.000

30.000

40.000

3.950

23%

30.000

40.000

60.000

6.250

27%

40.000

60.000

en adelante

11.650

31%

60.000

 

RETENCIONES Y PERCEPCIONES. CÓDIGOS DE RÉGIMEN

EL PRESENTE CUADRO RESUME LA DESCRIPCIÓN Y EL CÓDIGO DE RÉGIMEN CORRESPONDIENTE A RETENCIONES Y PERCEPCIONES DEL IMPUESTO A LAS GANANCIAS

HA SIDO CONFECCIONADO PARA SER UTILIZADO POR AQUELLOS SUJETOS QUE DEBAN INGRESAR DICHOS CONCEPTOS MEDIANTE EL APLICATIVO «GANANCIAS SOCIEDADES»

 

NORMA LEGAL

DESCRIPCIÓN

RÉGIMEN

RG (AFIP) 830

Alquileres de bienes muebles

30

RG (AFIP) 830

Alquileres de bienes inmuebles urbanos

31

RG (AFIP) 830

Alquileres de bienes inmuebles rurales

32

RG (AFIP) 830

Corredores, viajantes y despachantes de aduana

124

RG (AFIP) 830

Enajenación bienes de cambio y bienes muebles

78

RG (AFIP) 830

Intereses por operaciones realizadas en entidades financieras

19

RG (AFIP) 830

Intereses por otro tipo de operaciones

21

RG (AFIP) 830

Distribución de películas. Transmisión de programación. Televisión vía satelital

55

RG (AFIP) 830

Locación de obras y/o servicios

94

RG (AFIP) 830

Obligación de no hacer o por abandono o no ejercicio de una actividad

51

RG (AFIP) 830

Operaciones realizadas a través del mercado de cereales a término

53

RG (AFIP) 830

Honor. Director SA Fid. Integr. cons. de vig. y soc. SRL CS y CA. Prof. Liber, Oficios, Albacea, Síndico, Mandatario, Gestor

116

RG (AFIP) 830

Regalías

35

RG (AFIP) 830

Transferencia de llaves, marcas, patentes, regalías, etc.

86

RG (AFIP) 830

Transporte de carga entre Argentina y países extranjeros

95

RG (AFIP) 830

Intereses accionarios, excedentes y retornos distrib. entre asociados, coop. excepto consumo

43

RG (DGI) 3026

Transferencia inmuebles beneficiarios del exterior – art. 21

193

RG (DGI) 3026

Transferencia inmuebles operaciones gravadas ganancias – art. 6, inc. 2)

191

RG (DGI) 3026

Transferencia inmuebles operaciones gravadas ganancias – Reducida al 50%

192

RG (DGI) 3026

Transferencia de cuotas y participaciones sociales

196

RG (DGI) 3311

Usuarios del sistema de tarjetas de crédito

213

RG (DGI) 3543

Importación definitiva de bienes para venta – art. 4, primer párrafo

531

RG (DGI) 3543

Importación definitiva de bienes con CVDI

80

RG (DGI) 3543

Importación definitiva de bienes para uso de importador con CVDI

81

RG (DGI) 3543

Importación definitiva de bienes para uso de importador sin CVDI

82

RG (DGI) 3543

Importación definitiva de bienes sin CVDI

83

RG (DGI) 4139

Rentas del trabajo personal bajo relación de dependencia

160

RG (DGI) 4167

Vales de almuerzo y/o alimentarios de canasta familiar

691

RG (DGI) 4322

Nominatividad de títulos valores – saldos impagos

235

RG (DGI) 4322

Nominatividad de títulos valores – saldos pagos

240

RG (AFIP) 500

Intereses de deudas, incluidos los de obligaciones negociables. Art. 81, inc. a), de la ley

40

RG (AFIP) 739(*)

Agencias de noticias internacionales

173

RG (AFIP) 739(*)

Alquileres o arrendamientos de inmuebles ubicados en el país

169

RG (AFIP) 739(*)

Contratos de transferencia de tecnología – Asistencia técnica, ingeniería o consultoría

162

RG (AFIP) 739(*)

Contratos de transferencia de tecnología – Cesión de derechos o licencias

163

RG (AFIP) 739(*)

Derechos de autor

164

RG (AFIP) 739(*)

Honorarios u otras remuneraciones recibidas del o en el exterior

175

RG (AFIP) 739(*)

Intereses pagados por créditos obtenidos en el exterior

165

RG (AFIP) 739(*)

Intereses por depósitos

166

RG (AFIP) 739(*)

Locación de cosas muebles

168

RG (AFIP) 739(*)

Otras ganancias no previstas

171

RG (AFIP) 739(*)

Películas cinematográficas, cintas magnéticas, transmisión de radio y TV, télex, etc.

176

RG (AFIP) 739(*)

Seguros y reaseguros

174

RG (AFIP) 739(*)

Sueldos y honorarios derivados de actividades personales por actuación transitoria en el país

177

RG (AFIP) 739(*)

Transferencia onerosa de bienes situados, colocados o utilizados económicamente en el país

170

RG (AFIP) 739(*)

Transportes internacionales, fletamentos – Operaciones con contenedores

172

RG (AFIP) 740

Dividendos o distribución de utilidades superior a ganancia impositiva (artículo incorporado a continuación del art. 69 de la ley)

46

RG (AFIP) 740(*)

Dividendos o distribución de utilidades superior a ganancia impositiva (artículo incorporado a continuación del art. 69 de la ley)

47

RG (AFIP) 2050

Actores

56

RG (AFIP) 1107

Operaciones de compraventa, cambio, permuta o disposición de acciones efectuadas por personas físicas y sucesiones indivisas residentes en el país

200

RG (AFIP) 1108(*)

Operaciones de compraventa, cambio, permuta o disposición de acciones efectuadas por sujetos del exterior

180

RG (AFIP) 1109(*)

Ajuste de precios. Art. 8, inc. b), LG

48

  • Marzo Vence ddjj Anual Ingresos Brutos para contribuyentes locales y de Arbanet en provincia de Buenos Aires
  • Abril vence para personas físicas ddjj Impuesto a las Ganancias, Bienes Personales y Ganancia Mínima presunta
  • Mayo vence para personas fisicas con participación en sociedades cuyo cierre de ejercicio opera el 31/12 ddjj de Ganancias, Bienes Personales y Ganancia Mínima Presunta
  • Junio vence ddjj anual de Convenio Multilateral
  • Agosto vence ddjj contribuyentes de locales de Ingresos Brutos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires